Regulación y Desarrollo

Artículos y Boletines Oficiales

Impacto de la exigibilidad de la Ley del Entrenador Deportivo en el gremio de los entrenadores de golf en Colombia.

Apartir del 6 de agosto de 2026 se hace exigible el requisito de registro ante la Ley 2210 de 2022 y el artículo 68 de la ley 2521 de 2025 y para el caso concreto de la enseñanza del golf, todos los entrenadores de golf deberan contar con su registro provisional o su tarjeta de entrenador deportivo.

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Registro en provisionalidad

Puntos a tener en cuenta:

Vigencia de 5 años renovables por 5 años más solamente para quienes aprobaron el exámen ante el COLEF.

Fecha limite para realizar el trámite 5 de agosto de 2026.

                            Requisitos:

Demostrar 10 años de experiencia en la enseñansa del golf antes del 23 de mayo de 2022.

Poseer un titulo de técnico laboral en entrenamiento deportivo o afines

Avances del gremio de los entrenadores de Golf frente a los requisitos de la Ley 2210 de 2022

Actualmente el 100% de los entrenadores de golf en Colombia cumplen con la exibilidad de la ley contando con el registro provisional o con la tarjeta de entrenador deportivo y actualmente se encuentran en proceso de estudio del requisito acádemico exigido.

Nuestra labor en números

Cumplimiento del registro provisional y tarjeta de entrenador deportivo

200+

Entrenadores de golf activos

150+

Entrenadores de golf con registro provisional

50+

Entrenadores de golf con tarjeta de entrenador deportivo

Nuestra labor en números

Cumplimiento del requisito de estudio

200+

Entrenadores de golf activos

180+

Entrenadores de golf en proceso de estudio

20+

Entrenadores de golf con requisito cumplido